La crisis inmobiliaria nos dejó una enorme cantidad de viviendas inacabadas por la quiebra de los promotores. No se conocen estadísticas fiables sobre el fenómeno, pero repartidos por todo el territorio existen innumerables pisos a medio construir, urbanizaciones fantasma y promociones que agonizan en los extrarradios de numerosas ciudades españolas.
Muchas familias que invirtieron sus ahorros comprando sobre plano, aparentemente han perdido el dinero y la vivienda. Pero la realidad es otra: en la mayoría de los casos, pueden reclamar al banco que financió la promoción; y no sólo la inversión inicial, sino también los intereses. Este sistema de protección del consumidor data de una ley del año 1968; y en los últimos meses el Tribunal Supremo ha dictado numerosas sentencias que dan la razón a los compradores sobre plano, obligando al banco a reintegrarles íntegramente las cantidades.
La citada ley del año 68 establece que las cantidades anticipadas por los compradores deben ser depositadas en cuentas bancarias especiales, separadas de cualquier otra clase de fondos pertenecientes al promotor. Pero la parte más importante de la ley es que se hace responsable a la entidad financiera del buen fin de los fondos; y en caso de que no haya un seguro que lo cubra, el banco está obligado a restituir los importes a los compradores bajo plano.
Debemos señalar que se encuentran amparadas por esta ley toda clase de viviendas, incluso las que se realicen en régimen de comunidad de propietarios o sociedad cooperativa; no obstante se excluye de este ámbito de protección especial a los profesionales del sector inmobiliario.
Sin embargo esta protección histórica de que gozaban los compradores sobre plano (y que muchos de ellos ignoraban tener) ha sido recortada a principios de año por una ley aprobada por el gobierno del Partido Popular; con el nuevo texto legal, la responsabilidad de las entidades financieras queda limitada a aquellas viviendas financiadas sobre plano que ya cuentan con un permiso de obra municipal.
En resumen: si usted adquirió una vivienda sobre plano antes del uno de enero de este año, puede reclamar a la entidad financiera el cobro de todas las cantidades avanzadas más los intereses legales si la obra no ha llegado a buen puerto; y si en el futuro tiene intención de comprar sobre plano, puede hacerlo con todas las garantías legales, pero asegúrese antes de que el proyecto cuenta con los permisos necesarios.